Micelio
Auto19 de marzo de 2019

A- de 2019

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Sala De Seguimiento

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y La Vida
  • Seguimiento a la orden trigésima segunda de la Sentencia T-760 de 2008
  • Orden al Consejo Superior de la Judicatura, continuar capacitación de funcionarios judiciales sobre desarrollo legal y evolución jurisprudencial Sentencia T-760/08
Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derechos A La Salud Y A La Vida
  • Requerir al Consejo Superior de la Judicatura para que presente informe sobre ejecución, análisis y medición de actividades necesarias para difundir sentencia T-760/08
Cumplimiento De Las Órdenes De La Sentencia T-760/08
  • Es necesario analizar la orden desde tres aspectos: las medidas, los resultados y los avances
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 declara el nivel de cumplimiento medio de la orden trigésima segunda.

Con dicho ordinal se dispuso que el Consejo Superior de la Judicatura divulgara la precitada providencia entre los jueces de la República.

Con esta misma providencia se requiere al CSJ adoptar una serie de medidas conducentes a cumplir lo dispuesto en la mencionada orden trigésima segunda, así como seguir dando cumplimiento a lo dispuesto en los autos 144/11 y 154/14.

Por último, se puso de presente a dicha Corporación que la obligación contenida en el pluricitado mandato debía ser desarrollado hasta tanto no se dé cumplimiento efectivo a las demás órdenes generales impartidas en el fallo T-760/08.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (13 puntos)
  1. Primero. DECLARAR el NIVEL DE CUMPLIMIENTO MEDIO de la orden trigesima segunda de la sentencia T-760 de 2008, con base en las consideraciones expuestas en esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR al Consejo Superior de la Judicatura que con el proposito de cumplir lo dispuesto en el numeral trigesimo
  3. segundo. de la sentencia T-760 de 2008 que adopte las siguientes medidas:
  4. i. Realice jornadas de capacitacion y actividades de difusion con los funcionarios de la Rama Judicial que desempenan sus labores en los municipios apartados y zonas dispersas del pais, en las cuales se interponen el mayor numero de acciones de tutela en materia de salud; sin que ello implique dejar de capacitar a los jueces, magistrados y funcionarios de las principales ciudades del pais.
  5. ii. Incluya en los programas de formacion judicial el estado actual de las ordenes generales de la sentencia T-760 de 2008, la jurisprudencia emitida por esta Corporacion en relacion a los problemas analizados en el fallo estructural, asi como la normatividad vigente; la cual debera ser sintetica y de facil comprension, con el fin de que se facilite su estudio y analisis por parte de los operadores judiciales.
  6. iii. Elabore y entregue un informe de medicion que permita establecer el numero de jueces y magistrados que han sido capacitados desde el momento en que se profirio la directriz trigesima segunda, asi como los que desarrollen las ordenes concretas impartidas en el presente auto en el que se incluyan las metas de personas a capacitar que pretendan cumplirse.
  7. iv. Presente en el termino de 45 dias calendario, contados a partir de la notificacion del auto, el cronograma de trabajo para el 2019, que contenga las actividades que va a realizar dentro del cumplimiento de la orden treinta y dos incluyendo las que se desarrollaran en virtud de lo ordenado en el presente proveido. A partir del 2020 debera presentar el plan de trabajo anual, a mas tardar el 30 de enero de cada anualidad.
  8. v. Implemente las medidas necesarias para que la poblacion en general y en particular los grupos mas vulnerables, accedan a la informacion relacionada con la sentencia T-760 de 2008, los autos de seguimiento y el derecho fundamental a la salud, la cual debera ser transmitida en un lenguaje comprensible, libre de tecnicismos propios del area juridica o de la salud, y que tendran que brindar resultados medibles en cuanto al impacto que generen.
  9. Tercero. REQUERIR al Consejo Superior de la Judicatura para que continue dando cumplimiento a lo ordenado en los autos 144 de 2011 y 154 de 2014, de conformidad con lo establecido en el acapite 103 de la parte considerativa de esta providencia.
  10. Cuarto. PONER de presente que la obligacion contenida en el mandato trigesimo
  11. segundo. debe ser desarrollada hasta tanto no se de cumplimiento efectivo a las demas ordenes generales impartidas en la sentencia T-760 de 2008.
  12. Quinto. AMPLIAR a seis meses (6) el periodo de presentacion del informe ordenado en el auto 271 de 2014, de conformidad con lo expuesto en el numeral 83 de las consideraciones.
  13. Sexto. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes, acompanando copia integral de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.